Órganos de gobierno, competencias y funciones
En cumplimiento con lo dispuesto en:
- Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Artículos 12.1 y 12.3c) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón
- Indicador nº 10 de los índices de transparencia propuestos por Transparencia Internacional para Ayuntamientos (2017)
En este apartado se pueden consultar las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento de Loporzano, tal como se establece en su normativa de aplicación, especialmente en:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
- Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
- Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local
Las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento de Loporzano son los que se enumeran a continuación:
ALCALDE
Es el órgano unipersonal que preside la Corporación, ostenta la máxima representación del Ayuntamiento y dirige la Administración Municipal. De entre sus funciones destaca:
- Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local, de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, así como decidir los empates con voto de calidad
- Dictar bandos, decretos e instrucciones
- Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos
- El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado
Acalde del Ayuntamiento de Loporzano: D. Jesús Escario Gracia
PLENO
Es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno Local. Los plenos se celebran en el Ayuntamiento y es el instrumento empleado para la toma de decisiones de índole municipal. Está integrado por los Concejales y presidido por el Alcalde. Allí se debaten y aprueban decisiones de interés general del municipio. Los plenos pueden ser ordinarios o extraordinarios.
Composición del Pleno del Ayuntamiento de Loporzano (Consultar información)
TENIENTE DE ALCALDE
Son concejales nombrados por el Alcalde y es a ellos a los que les corresponde sustituirlo por orden de su nombramiento, en casos de ausencia, enfermedad e impedimento que imposibiliten al alcalde para el ejercicio de sus funciones.
Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Loporzano: D. Luis David Suelves Buil.
COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS
Las Comisiones pueden ser permanentes o especiales. Están integradas exclusivamente por miembros de la corporación, son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno. Pueden ser permanentes con carácter general o especiales que son las que el pleno acuerda constituir para un asunto concreto.
Puede consultar la Comisión Especial de Cuentas del Ayuntamiento de Loporzano accediendo aquí.